REGLAMENTO
- El inquilino está obligado a cumplir con el reglamento una vez que firma contrato.
- El inquilino debe entregar la documentación necesaria para elaborar el contrato de arrendamiento.
- El inquilino debe realizar sus pagos en tiempo y forma, según se estipula en el contrato.
- El pago de la renta es por adelantado y en caso de fallar en los pagos se le aplicarán penalizaciones económicas cada vez que incumpla.
- El depósito en renta es propiedad del inquilino y quedará como garantía en caso de fallar en los pagos. El depósito en renta se conservará en la cuenta correspondiente y se entregará al finalizar el proceso de arrendamiento, según se estipula en el contrato.
- El inquilino debe obtener y entregar fianza, en garantía del pago de las rentas.
- El inquilino recibirá la casa en condiciones óptimas de habitabilidad y está obligado a pagar los daños generados por el mal uso de la vivienda.
- El inquilino debe informar inmediatamente la necesidad de hacer reparaciones (solo las estrictamente necesarias para el uso del inmueble) y de no hacerlo así, el inquilino será responsable por omisión de cualquier daño que sufra el inmueble.
- El inquilino debe respetar el uso habitacional del inmueble y hacer un uso adecuado del mismo.
- No está permitido sub-arrendar el inmueble o parte del mismo.
- El inquilino no debe tener dentro del inmueble substancias peligrosas, corrosivas, inflamables o cualesquiera otras similares.
- El inquilino debe hacer las reparaciones necesarias al inmueble, cuando éste sufra algún daño causado por su dolo o negligencia.
- El inquilino deberá reparar los daños que, por su dolo o negligencia en el uso de la vivienda, cause a los otros departamentos o casas del conjunto habitacional en que se ubica.
- El inquilino puede tener mascotas siempre y cuando no perjudique la vivienda o afecte a los vecino; algunos tipos de mascotas estarán restringida en algunos casos. Es importante comentarlo antes de firmar contrato.
- La relación con los vecinos deberá ser respetuosa.
- El inquilino deberá contribuir con las cuotas de mantenimiento locales en caso de que existan.
- El pago de servicios de agua y servicio de electricidad corresponde al inquilino. Los pagos aplicables serán única y exclusivamente los correspondientes al periodo de arrendamiento. Los adeudos anteriores y posteriores, al contrato, corresponden al dueño de la vivienda.
- La correspondencia es propiedad del dueño de la vivienda y deberá ser entregada al comisionado.
- Violar el reglamento será motivo de una sanción económica y puede ser motivo de anulación de contrato.
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